Las denominaciones comerciales aprobadas por las comunidades autónomas serán complementarias a la estatal, pero no la sustituirán
03 dic 2025 . Actualizado a las 04:50 h.El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha aprobado hoy un real decreto por el que se regula el procedimiento para determinar las denominaciones comerciales nacionales de alimentos en conserva y preparados de los productos de la pesca y de la acuicultura. Esta normativa establece un marco legal sólido en el ámbito de las denominaciones comerciales y da respuesta a las obligaciones comunitarias de garantizar al consumidor un alto nivel de protección y su derecho a la información, explica el ministerio en un comunicado.
El real decreto tiene en cuenta «las necesidades de actualización y clarificación de la normativa nacional, especialmente necesario en el ámbito de los preparados y conservas». Asimismo, añade el comunicado, «dota de mayor seguridad jurídica al procedimiento para la determinación de dichas denominaciones legales».
La nueva norma también establece la base regulatoria para la publicación periódica de listados de denominaciones comerciales para productos frescos, congelados, ahumados y salados, entre otros, así como para conservas y preparados, en todo el territorio nacional. No obstante, las nomenclaturas reconocidas ya en los listados que publiquen las distintas comunidades autónomas serán complementarias a las nacionales en sus respectivos territorios, pero nunca sustituirán las que se establezcan a nivel estatal.
La aprobación de la regulación «redunda en una mayor transparencia que permite a los consumidores estar más y mejor informados y fortalece su confianza en el mercado», concluye Pesca.