El ADIF rectifica su «error» de pedir 4 años de cárcel para el maquinista del Alvia y solicita nueve meses de multa por daños

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

El maquinista del Alvia, cuando tuvo que comparecer en la comisión de investigación
El maquinista del Alvia, cuando tuvo que comparecer en la comisión de investigación benito ordoñez

El administrador ferroviario solo puede acusar por los daños que provocó el descarrilamiento en la infraestructura, que asciende a 1,38 millones de euros

07 mar 2019 . Actualizado a las 20:36 h.

EL ADIF no está personado en el caso Alvia como acusación por las víctimas del accidente, sino tan solo para reclamar responsabilidades penales y civiles por los daños sufridos en la infraestructura que gestiona tras el descarrilamiento del Alvia. De ahí que resultara muy extraño que solicitara cuatro años de cárcel para el maquinista, Francisco José Garzón Amo, que es el máximo que se puede pedir por los 80 homicidios imprudentes del accidente.

La Abogacía del Estado intenta enmendar ahora lo que consideran «un evidente error material» y piden al juez instructor, Andrés Lago Louro, que tenga en cuenta el error y sea subsanado en el escrito de acusación. El abogado del Estado explica que en ese escrito se señaló como pena aplicable a un delito de daños del artículo 267 del Código Penal «una elevada pena de prisión e inhabilitación [los cuatro años de cárcel e inhabilitación especial de seis años para el ejercicio de la profesión], cuando el precepto señala una pena de multa tres a nueve meses».

De ahí que solicite la modificación del apartado quinto de su escrito de acusación de la siguiente manera: «Procede imponer al encausado la pena de multa de nueve meses, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago de la multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfecha».

Como prueba evidente del error, en el mismo escrito de acusación que ahora se pretende corregir la Abogacía del Estado aclaraba que el ADIF «no estaba legitimado» para formular acusación por los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave, sino solo por unos daños que ascienden a 1.388.081 euros.