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Sí al pan sin gluten y al jamón de pavo, adiós a la mortadela Bolonia

Maruxa Alfonso Laya
M. Alfonso REDACCIÓN / LA VOZ

AGRICULTURA

Martina Miser

El Gobierno abre consulta pública para adaptar las normas de calidad de los alimentos a la realidad productiva del mercado y autorizar nuevas denominaciones y prohibir otras

24 ene 2025 . Actualizado a las 08:25 h.

La normativa que regula la denominación y elaboración de determinados alimentos se ha quedado obsoleta. Los cambios que ha registrado el mercado han llevado al Gobierno a preparar un nuevo marco normativo actualizado, que garantice la competitividad del sector. Por eso, el Ministerio de Agricultura ha abierto a consulta pública un borrador que quiere adaptar esas normas de calidad a la realidad productiva. En él se introducen una serie de cambios, como que se podrá llamar pan al que se elabora sin gluten o jamón al que se hace con pavo. En cambio, queda prohibida toda mención a la mortadela Bolonia.

Modernizar las normas alimentarias, proporcionar seguridad jurídica a los operadores, simplificar ciertos trámites administrativos y mejorar la información alimentaria a los consumidores es el objetivo de este borrador, que estará expuesto al público y abierto a recibir alegaciones hasta el próximo 12 de febrero. En él se incluyen también la derogación de disposiciones que se han quedado obsoletas porque ya no responden a la realidad productiva actual y porque, en muchos casos, están ya cubiertas por normativas posteriores o por la legislación europea. 

La normativa propuesta por Agricultura afecta, en primer lugar, a la sidra, para autorizar prácticas de clarificación y un incremento del contenido en metanol para la sidra de hielo. Pero también a los preparados grasos, con una modificación en su definición. Esta se hace para evitar que se comercialicen bajo esta denominación las mezclas de aceite de oliva y de orujo de oliva con otros aceites y grasas vegetales. Este producto ya está prohibido en la normativa sobre aceites vegetales comestibles, pero no en la de preparados grasos. 

Uno de los cambios más sustanciales afecta a los preparados cárnicos. Hasta ahora, estos no tenían regulado el uso de la mención natural, que el sector demanda poder utilizar el condiciones de seguridad jurídica. Así, el borrador establece una serie de normas que deben cumplir estos preparados para poder lucir esa etiqueta. Lo mismo sucede con la de elaboración artesana, que también se regula en este borrador.

Al mismo tiempo, el texto recoge la posibilidad de utilizar el término jamón para el que se elabora a base de pavo, pues este es «un derivado cárnico que se comercializa desde hace más de 25 años, contando con una elevada presencia en el mercado», reza el borrador. Por eso se considera procedente reconocer esa denominación. No sucede lo mismo, en cambio, con la mortadela Bolonia. Debido a que existe la IXP Mortadella Bologna registrada en la UE y con el objetivo de no crear confusión en el consumidor se elimina ese término de la relación de denominaciones consagradas por el uso, dando un plazo a los industriales del sector para que agoten las existencias y el material de etiquetado.

El pan es otro de los productos que se verá afectado por esta regulación, si al final entra en vigor. Explica el borrador que el pan común o pan especial no reconoce a aquellos productos exentos o con contenido reducido en gluten. Dada la importancia que estos alimentos tienen para las personas con intolerancia, y «atendiendo al clamor de este colectivo, conviene extender el ámbito de aplicación de esta norma para dar cabida a los mismos, de forma que puedan emplear la denominación pan», explica Agricultura en el documento. 

Por último, se modifica también la regulación del vinagre, para añadir nuevos ingredientes e incrementar el grado de acidez para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas;  la de la aceituna de mesa, con la obligación de indiciar en el listado de ingredientes si el relleno es en forma de pasta; la de las galletas, para eliminar el límite máximo de cenizas, y la de la horchata, para permitir la elaboración de horchatas con un contenido reducido en azúcares.

Al mismo tiempo, la norma quiere derogar otras superadas por la legislación de la Unión Europea, como las referidas a la sangría y otras bebidas derivadas del vino, vinos aromatizados y bitter-soda y secciones del código alimentario español referidas a grasas comestibles y cervezas. Agricultura asegura que el desarrollo de este proyecto normativo es resultado del diálogo abierto y constante que el ministerio  mantiene tanto con las organizaciones representativas de los sectores implicados como con las distintas administraciones públicas.