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Nuevo varapalo a los bateeiros al rechazar el TSXG el recurso de casación contra los santuarios de percebe

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

Martina Miser

No aprecia que la sentencia, que da la razón a la Xunta para vedar zonas a la extracción de mejilla, pueda «suponer un grave daño para los intereses generales o afectar a un gran número de situaciones »

04 jul 2024 . Actualizado a las 04:46 h.

Los bateeiros gallegos han visto frustrado un nuevo intento de anular en los tribunales los santuarios de percebe —zonas vedadas a la extracción de cría de mejillón y reservadas en exclusiva a la explotación del crustáceo— creados en el 2021 por la Consellería do Mar dentro de los planes de gestión para recursos específicos y algas de Galicia para el trienio 2022-2024. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) no ha admitido el recurso de casación autonómico presentado por la Asociación de Mejilloneros Gallegos (Amegal) contra la sentencia dictada por esa misma instancia en enero del 2024 que validaba la posibilidad de acotar, dentro de los planes de explotación de percebe, zonas prohibidas a la extracción de mejilla en aras de proteger el crustáceo.

La sección especial de casación del TSXG carga las costas a Amegal, imponiendo una cantidad de 600 euros para cubrir la defensa de la Consellería do Mar y las cofradías demandadas.

Los magistrados que analizaron el recurso no consideran suficientemente motivado el interés casacional del mismo, dado que «no logran identificar» por qué la sentencia puede fijar «una doctrina que pueda suponer un grave daño para los intereses generales o afecte a un gran número de situaciones, bien en sí misma o por trascender del caso objeto del proceso», que son condiciones legales para aceptar la apelación en casación autonómica.

Para el tribunal, «no cabe duda de que los intereses de los bateeiros se ven afectados por la interpretación efectuada en la sentencia», pero frente «esos intereses subjetivos y legítimos de ese grupo de profesionales, se alza el interés general que representa la Administración» que ha diseñado el plan de gestión, «a cuya defensa se ha sumado otro colectivo no menos importante: el de los percebeiros», explican.

Los magistrados echan de menos en el recurso «datos que demuestren que la sentencia pueda proyectarse o influir en numerosas situaciones similares», pues, recuerdan, se trata de un «planeamiento de gestión trianual, sin vocación de permanencia en el tiempo».

Tampoco cumple, según la sala especial, otro supuesto de interés casacional como es la ausencia de jurisprudencia al respecto. En este sentido, invocan la «sentencia firme del 11 de marzo del 2022 que dejó sentado que la planificación de los recursos marisqueros es una competencia exclusiva de la comunidad autónoma, para cuyo desenvolvimiento no precisa informe previo y vinculante de la Administración General del Estado, aunque se desarrollen en zona de dominio público marítimo-terrestre».

Refuerzan así el fallo de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG que recogía que la delimitación de zonas para la extracción de mejilla (ZEM) y de explotación exclusiva de percebe (ZEP) «no sustrae la explotación de la semilla al sector del mejillón para atribuírsela a los percebeiros, sino que delimita zonas en que, para evitar la afección negativa al percebe, queda excluida la posibilidad para ambos colectivos de extraer cría de bivalvo.

Casación al Supremo

De todos modos, los bateeiros no se dan por vencidos. Si ha fracasado la vía de la casación autonómica a la que ha recurrido Amegal, todavía está por ver si prospera la línea de la Federación de Asociacións de Mexilloeiros (Femex) ha abierto al presentar un recurso de casación contra la sentencia del TSXG ante el Tribunal Supremo.