
Considera que hay base porque la política pesquera obliga a la Comisión a tener en cuenta el impacto socioeconómico, que ha obviado en el reglamento de ejecución
23 jul 2025 . Actualizado a las 17:15 h.El Gobierno español ha decidido recurrir en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la sentencia del Tribunal General sobre la prohibición de la pesca de fondo entre los 400 y los 800 metros de 87 áreas del Atlántico nororiental en los que hay o se supone que existen ecosistemas marinos vulnerables (EMV). El fallo desestimó el recurso que el Reino de España puso en noviembre del 2022 contra el reglamento europeo que fijó estas zonas, explica el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un comunicado
El ministro Luis Planas subraya que la decisión se ha tomado tras «una amplia consulta con los servicios jurídicos del Estado y constatar que hay base suficiente para argumentar el recurso». El ministerio también ha mantenido contactos con las comunidades autónomas afectadas, Galicia y Asturias, así como con las organizaciones del sector pesquero.
El Ejecutivo considera que el Tribunal General de la UE (TGUE) no ha tenido en cuenta en su resolución el impacto socioeconómico de la medida, lo que va en contra de los principios de la política pesquera común (PPC) que basa la sostenibilidad en tres pilares: ambiental, económico y social. España sostiene que el legislador está obligado a realizar una ponderación específica y motivada del interés de la protección del medio ambiente marino con los intereses de las personas que llevan a cabo actividades pesqueras y los aspectos socioeconómicos de esas actividades. «Nos parece lógico que la Comisión Europea disponga de un margen amplio para decidir sobre la protección de zonas marinas vulnerables, pero no puede excluir los aspectos económicos y sociales de las medidas que se adopten, porque no son meramente ambientales», expuso Planas.
Este argumento ya fue esgrimido por el Gobierno de España en el recurso que interpuso en noviembre del 2022. El reglamento también fue recurrido por la Organización de Productores Pesqueros del Puerto de Burela (Lugo), pero corrió la misma suerte que el del Estado.
El ministerio aduce en su comunicado que la aplicación del reglamento, en vigor desde octubre del 2022, ha tenido un importante impacto sobre la flota de palangre de fondo, que ha visto reducida sus capturas de merluza en un 32 % de media por barco, un 39 % en el caso de la lonja de Burela, una de las más importantes de esta especie.
Paralelamente a la presentación del recurso, España seguirá negociando con la Comisión Europea para conseguir la exclusión del palangre de fondo de ese veto en las 87 áreas. Porque, de acuerdo con el ministro, existen informes científicos que evidencian que esta arte de pesca «tiene un muy bajo impacto sobre los fondos marinos»; de hecho, la especie que captura principalmente, la merluza, no habita en contacto con ellos.
La Comisión Europea no consideró estos informes cuando se aprobó el reglamento sobre los ecosistemas marinos vulnerables, apuntan desde el ministerio. Para Planas, «es profundamente injusto que se aplique la prohibición al palangre de fondo, una flota que ha realizado un trabajo muy importante de reconversión hacia un arte que es más sostenible y merece la consideración de apoyo».