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El tribunal de arbitraje ordena al Reino Unido que permita a la flota de la UE pescar lanzón en sus aguas

EFE LA HAYA

PESCA Y MARISQUEO

Imagen de archivo de un pez lanzón
Imagen de archivo de un pez lanzón C.

La Corte de La Haya sentencia que Londres ha incumplido el pacto post-brexit

02 may 2025 . Actualizado a las 19:40 h.

La Corte Permanente de Arbitraje (CPA) considera que el Reino Unido ha «incumplido su obligación de conceder pleno acceso» de la Unión Europea (UE) a aguas inglesas para la pesca del lanzón desde marzo del 2024, y ordenó a Londres tomar las «medidas necesarias» para cumplir con este fallo del tribunal, hecho público este viernes.

La UE había acusado a Londres de violar el Acuerdo de Comercio y Cooperación Post-Brexit al imponer esa prohibición en el Mar del Norte y aguas escocesas sin seguir criterios científicos, ni respetar los principios de proporcionalidad y no discriminación. En su fallo, emitido el pasado lunes, pero hecho público hoy, el tribunal arbitral de la CPA, con sede en La Haya, da parcialmente la razón a la UE.

El tribunal rechaza la mayoría de las acusaciones europeas, pero sí concluye que la prohibición en aguas inglesas fue desproporcionada y, por tanto, contraria al acuerdo entre ambas partes. Debido a esto, dictó que el Reino Unido incumplió su obligación de permitir acceso pleno a sus aguas para la pesca del lanzón.

La Corte no vio problemas legales en la prohibición en aguas escocesas, ni aceptó que el Reino Unido actuara sin base científica ni de forma discriminatoria. El tribunal «rechaza la reclamación de que la prohibición de pesca del lanzón en aguas escocesas sea incompatible con las obligaciones del Reino Unido por falta de proporcionalidad», subrayó.

La Comisión Europea, que recurrió al arbitraje para resolver esta disputa a finales del año pasado, había explicado que la prohibición de pescar lanzón en las aguas inglesas del mar del Norte y en todas las aguas escocesas «impide a los barcos de la UE explotar esta pesquería sostenible», y cuestionó «la compatibilidad de esta prohibición con el acuerdo comercial y de cooperación».