Cita con Hacienda, arranca la cuenta atrás

Agustín S. Fernández Pérez PRESIDENTE DEL REGISTRO DE ECONOMISTAS ASESORES FISCALES DEL CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA

MERCADOS

FERNANDO ALVARADO

30 mar 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Cada año, más de veinte millones de contribuyentes marcan en su calendario una cita ineludible: la declaración de la renta. A partir del 2 de abril comienza un período que genera intranquilidad para algunos y gran satisfacción para otros. Los primeros porque deben hacer frente a un pago al fisco y los segundos porque recibirán una devolución. Sin embargo, esa satisfacción es en gran medida ilusoria, ya que estas personas ya han abonado el impuesto de manera anticipada a través de las retenciones.

Es fundamental estar al corriente de las novedades, tanto estatales como autonómicas, ya que las comunidades tienen capacidad normativa sobre aspectos importantes del IRPF, como es determinar el 50 % de la tarifa aplicable a la base liquidable general, el aumento de los mínimos personal y familiar y sobre todo, la aprobación de deducciones propias, en las que Galicia es una de las comunidades con mayor número de deducciones propias. Estas últimas pueden generar un ahorro significativo que nos permitirá reducir nuestra deuda con Hacienda. Entre las novedades para la declaración del 2024 destaca la que afecta a quienes hayan percibido el salario mínimo interprofesional que no estarán obligados a presentar el impuesto y, además, sus ingresos no habrán estado sujetos a retención.

Los arrendadores de vivienda deberán prestar especial atención a la fecha de firma del contrato del alquiler. Si este se firmó con posterioridad al 26 de mayo del 2023, la reducción aplicable para disminuir el rendimiento neto del capital inmobiliario será en general del 50 %, y no del 60 %, como estaban acostumbrados a aplicar.

Asimismo, quienes hayan adquirido un vehículo eléctrico o instalado puntos de recarga para dichos vehículos, podrán reducir la factura fiscal hasta en 3.000 y 600 euros, respectivamente.

Para aquellos que hayan realizado obras en su vivienda habitual o en una propiedad alquilada existe la posibilidad de aplicar una deducción de hasta 1.000 euros, si se ha logrado reducir la demanda de calefacción y refrigeración en, al menos, un 7 %. Si la obra ha conseguido reducir el consumo de energía primaria no renovable en un 30 %, o ha obtenido una etiqueta de eficiencia energética tipo A o B, la deducción puede ascender hasta 3.000 euros. En cualquiera de estos casos, será preceptivo obtener el certificado de eficiencia energética, antes y después de las obras, para poder acreditar dicha mejora.

Otra cuestión a considerar es que, quienes hayan donado dinero o bienes a favor de alguna institución de mecenazgo durante el año 2024, si el importe no supera los 250 euros ahora disminuirá la cuota hasta en 200 euros. Si el donativo supera esa cuantía, el exceso reduce la cuota en un 40 %, alcanzando al 45 % si se dona a la misma entidad el mismo importe o una cantidad mayor, durante los últimos tres años.

Ahora es el momento de ir recopilando la información relevante desde el punto de vista fiscal, revisar las declaraciones de años anteriores y confirmar que los datos fiscales de los borradores emitidos por la Agencia Tributaria son correctos. Recordemos que la declaración de la renta se rige por el sistema de autoliquidación, y el borrador es solo una ayuda para su confección y debe siempre comprobarse que todos los datos consignados en el mismo, coinciden con los ingresos obtenidos durante el año por el contribuyente. Pero, lo más importante, es que, si desea asegurarse de realizar correctamente su declaración acuda a un asesor fiscal en la confianza de que este logrará optimizar su factura fiscal y minimizar los posibles riesgos de cualquier autoliquidación tributaria.