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Mar permitirá fondear crustáceos hasta siete días antes de su venta

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

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MONICA IRAGO

Atiende la demanda del sector y regula el conocido como «aviveiramento»

22 jul 2025 . Actualizado a las 04:45 h.

«Por fin nos fan algún caso», decía este lunes el patrón mayor de Bueu y presidente de la Federación Provincial de Confrarías de Pontevedra, José Manuel Rosas, al conocer que el Consello da Xunta había aprobado la norma que regula el conocido como «aviveiramento», que no es otra cosa más que la práctica de dejar fondeado el marisco para que se mantenga vivo hasta el momento de su venta en lonja. Aunque es una actuación habitual en el sector, al no estar recogida en ninguna disposición ni regulación, quedaba en una especie de limbo que dejaba al criterio del agente de turno la interpretación legal de esa práctica. Y no es la primera vez que «remata co levantamento dunha acta de infracción e coa devolución das capturas ao mar», explica Rosas.

La norma sobre el traslado de especies que ayer aprobó el Gobierno gallego es una disposición «moi nova, moi demandada polo sector e que garante a calidade e o control das actividades», a decir de la Consellería do Mar. La herramienta jurídica dispone los lugares autorizados para almacenar las capturas, la duración máxima del almacenamiento, que será de siete días, el tope de declaraciones permitidas y las condiciones en que deben desarrollarse las operaciones de traslado y cuestiones para asegurar el rastreo de los lotes del producto en la cadena comercializadora.

También se recoge para qué especies de mariscos se permite ese «aviveiramento». Son camarón, nécora, centolla, buey de mar, lumbrigante y langosta, el santiaguiño y la anguila.

Para guardarlas vivas hasta el momento de la venta, se necesitará una declaración de traslado, un registro de finalización y una anulación del desplazamiento. «Con estes tres documentos de rastrexo, ordénase a actividade, outorgando aos pescadores afectados e ao resto dos operadores que interveñen neste proceso, as pautas reguladoras mínimas que transcorren entre o momento do almacenamento das especies capturadas e a descarga para a súa venda», explica Mar.

Otro aspecto que se regula es el lugar en el que podrán estabularse los ejemplares: en la propia borda de la embarcación, en una boya de fondeo o en aquellos lugares donde suele atracar la embarcación de pesca que ha capturado esas especies. «Búscase así que os sitios nos que se realizan as operacións de mantemento en vito destas especies estean debidamente identificadas de forma que as características básicas da embarcación que realiza o traslado sexan perfectamente visibles», explica la consellería en un comunicado.

Unas horas o varios días

En cuanto al período de tiempo que se podrán mantener almacenadas las capturas de las especies autorizadas varía según localidades y zonas. Podrán ser tan solo unas horas —desde la finalización de las tareas de pesca hasta el momento de la subasta— o varios días, en caso de que el pescador prefiera vender las capturas en otro momento para mejorar precios o por si lo que busca es reunir suficientes kilos de producto para que le compense su traslado a la rula. En todo caso, la duración máxima permitida para el «aviveiramiento» es de siete días consecutivos, que se contarán desde la fecha de expedición del documento de traslado hasta la fecha de finalización de este.

Aunque todavía no se conoce la letra con la que aparecerá en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la nueva norma, lo que tenían entendido en la federación de Pontevedra es que los tres documentos de traslado se generarán a través de una aplicación móvil, el Movtic, a través de la que podrán informar del peso estimado del lote, de la especie y del punto en el que va a quedar fondeado.