«Investigamos la esclavitud en el mar», explica el fiscal del caso abierto en Argentina contra un capitán de un pesquero gallego
PESCA Y MARISQUEO
Lucas Colla constata «indicios suficientes de explotación laboral» cuando el Loitador desembarcó a un tripulante con «desnutrición avanzada»
01 feb 2025 . Actualizado a las 19:38 h.Causó conmoción la detención en España del capitán del buque gallego Loitador, de la empresa Profesionales Pesqueros, que quedó en libertad sin fianza tras prestar declaración. Está acusado de trata de personas con fines de explotación laboral, a la espera de que se decida su extradición a Argentina, donde se tramita la causa. La Voz de Galicia habló con el fiscal federal Lucas Colla, encargado de la investigación.
—¿Cómo sigue la causa?
—Estamos esperando que se resuelva la extradición en España.
—¿En qué pruebas se basaron para solicitar la detención del capitán del pesquero?
—El caso se inicia con el desembarco de un marinero (Colla aclara que no va a mencionar el nombre de la víctima) que iba a bordo del buque; la médica que lo atiende cursa una denuncia en función de los indicadores de vulnerabilidad que tenía esa persona; y allí intervenimos nosotros para ver si había una situación de trata. Le tomamos la indagatoria testimonial a la persona, juntamos evidencias, tuvimos comunicaciones con la Organización Internacional del Trabajo —que nos pasaron información sobre los estándares del trabajo en el mar— y, junto con la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, elaboramos lo que termina siendo el pedido de indagatoria y la formulación de cargos. Esto fue en el 2019, pero recién tuvimos una recepción positiva del juzgado en febrero del 2024, y es ahí que se ordena citar a la persona con el fin de hacerle saber lo que se está investigando y que ejerza su defensa.
—El buque tenía licencia para navegar en las Islas Malvinas y faenaba más allá de la milla 201, ¿es así?
—Tengo entendido que sí, pero nosotros no entramos a analizar la cuestión de las licencias, es decir, su situación administrativa vinculada a la explotación del recurso pesquero.
— Sin embargo, en la web fiscales.gob.ar se le cita y se habla de por qué es válido aplicar el sistema jurídico argentino en una causa por trata a bordo de un barco que atracó en Malvinas…
—Sí, pero una cosa son las licencias y otra la cuestión jurisdiccional. Nosotros analizamos la situación fáctica, y aquí lo que se está investigando es un hecho en el cual una persona es víctima de una situación de esclavitud en el mar.
—Pero si el barco se hubiese mantenido por fuera de la milla 200 y no hubiese tocado las Islas Malvinas, ¿podrían haber intervenido?
—Sí, por temas de jurisdicción universal. Hay situaciones que está solventadas por la Convemar (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), y una de las formas de control del buque es en función de sí hay indicios suficientes de una situación, por ejemplo, de esclavitud. En este caso, actuamos porque tuvimos acceso a una víctima de un hecho que, en los estándares de la ley argentina, es equiparable a un trabajo forzoso o esclavitud.
—La empresa alega que faltan pruebas y que se trata de una cuestión política, más que jurídica, porque involucra la cuestión de las Islas Malvinas…
—Yo no voy a dar mi opinión, pero la cuestión política es ajena a esto, y me parece que es una forma de desviar y de insensibilizar la situación. Tenemos una persona que fue embarcada en el mes de febrero en Cabo Blanco (Mauritania), y que fue parte de una tripulación donde las únicas dos personas de origen español eran los mandos superiores del buque, el resto eran de Indonesia, Mauritania y Senegal. Había siete marineros senegaleses que fueron buscados y trasladados hasta el puerto de partida y a los que les hicieron firmar el contrato laboral una vez embarcados. Esta persona manifestó que no se le daba ropa adecuada para trabajar en bodegas de mucho frío, que todo esto se daba sin un traductor, y que el contrato fue firmado en español. Hay un montón de elementos que dan cuenta de una situación de vulnerabilidad que fue aprovechada en pos de la explotación laboral. Entonces, la cuestión de la jurisdicción puede ser discutida en términos de insuficiencia probatoria, nosotros no estamos condenando a nadie, ni siquiera estamos en una instancia de juicio.
«El Ramadán había empezado ocho días antes, y la médica habla de desnutrición avanzada»
Fuentes próximas a la empresa negaron falta de suministro de comida a bordo e incluso atribuyeron al Ramadán el estado del marinero musulmán.
—Aducen que la salud del marinero se deterioró por el ayuno del Ramadán y no porque no le dieran alimentos…
—Sí, pero el Ramadán ese año había empezado ocho días antes, y el informe de la médica hablaba de un estado de desnutrición avanzada; así que si ese va a ser el argumento de la defensa, ya veremos. Lo mismo si tiene pruebas de que esta persona no quería consumir porque realizaba el ayuno. Precisamente, lo que estamos tratando de hacer es traer a la persona imputada para que ejerza su defensa.
—¿Qué saben de la vida de este tripulante del Loitador?
—La víctima fue restituida inmediatamente a su país de origen a través de un programa de rescate a nivel nacional, en consonancia con las obligaciones que ha asumido el estado argentino en relación al convenio de lucha contra la trata de personas. Ese programa, junto con la Organización Internacional de Migraciones, trabajó en la restitución a su país de origen y en el acceso a un programa de reinserción laboral.